4. Igualdad de oportunidades y prácticas democráticas
Las generaciones de derechos humanos
Al terminar vas a poder clasificar un derecho en primera, segunda o tercera generación deduciendo qué le exige al Estado, explicar por qué la cuarta generación todavía se discute, y reconocer qué institución costarricense defiende cada tipo de derecho.
La pregunta que ordena todo: ¿qué tiene que hacer el Estado?
Antes de la lista, la lógica. Los derechos humanos no se agruparon por tema: se agruparon por el tipo de esfuerzo que le exigen al Estado. Esa pregunta resuelve cualquier caso del examen.
| Generación | Qué le exige al Estado | Quién es el titular |
|---|---|---|
| Primera | Que se abstenga: que no te censure, que no te encarcele sin juicio | La persona individual |
| Segunda | Que actúe y gaste: que construya la escuela, que pague al médico | La persona individual |
| Tercera | Que coopere con otros: nadie limpia el aire solo | Un pueblo, una comunidad |
Primera generación = obligación de NO hacer. Segunda = obligación de HACER. Tercera = obligación de hacerlo JUNTOS. Con esas tres frases volvés a armar la tabla aunque se te haya ido la lista de ejemplos.
Los derechos humanos se fueron reconociendo por etapas, llamadas generaciones, cada una ligada a una reivindicación histórica. La clasificación en tres se le atribuye al jurista Karel Vasak, que la construyó sobre el lema de la Revolución Francesa: libertad, igualdad, fraternidad. Ese lema no es adorno: es el índice del tema.

Primera generación: civiles y políticos (libertad)
Surgieron con las revoluciones liberales de los siglos XVIII y XIX. El enemigo era un rey absoluto, así que se reclamó un límite al poder. Protegen la libertad y la participación política: derecho a la vida, libertad de expresión, igualdad ante la ley, voto, debido proceso.
Fijate en la coherencia: todos se cumplen cuando el Estado se contiene. No cuestan presupuesto; cuestan una prohibición al poder.
Segunda generación: económicos, sociales y culturales (igualdad)
Surgieron con las luchas obreras y el Estado social, entre el siglo XIX y el XX. La queja cambió: de nada sirve la libertad de expresión si trabajás catorce horas y tu hijo no sabe leer. Garantizan condiciones de vida digna: trabajo, salario justo, educación, salud, seguridad social, vivienda.
Estos derechos cuestan dinero. Un hospital se construye, un maestro se paga. Por eso el Estado los cumple de forma progresiva, según sus recursos. La CCSS y la escuela pública son segunda generación hecha institución.
Tercera generación: de los pueblos o de solidaridad (fraternidad)
Surgieron en el siglo XX, ligados a la descolonización y a los problemas que ningún país resuelve solo. Protegen intereses colectivos: derecho a la paz, al desarrollo, a un ambiente sano y a la autodeterminación de los pueblos.
La diferencia decisiva está en el titular: en las dos primeras generaciones el derecho es tuyo y lo reclamás como persona. Aquí el titular es un colectivo. Nadie tiene aire limpio en su casa mientras su cantón lo tiene sucio. De ahí el nombre de derechos de solidaridad.
¿Cuarta generación? Por qué todavía se discute
Hay debate sobre una cuarta generación vinculada a la tecnología: protección de datos personales, acceso a internet, derechos digitales y bioética. No está consolidada como las anteriores, pero cobra fuerza con la era digital.
Entender el debate vale más que tomar partido. Quienes la defienden dicen que la amenaza es nueva: ya no es un rey ni una fábrica, es un sistema informático que sabe dónde dormís. Quienes la rechazan dicen que la protección de datos ya cabe en la privacidad, que es de primera generación. Lo que se espera en el examen es que sepás que la propuesta existe y que no está consolidada.
Qué comparten las tres
- Universales: valen para toda persona, sin importar nacionalidad ni condición.
- Inalienables e irrenunciables: no los podés vender ni regalar, ni firmando un papel.
- Indivisibles e interdependientes: no hay jerarquía entre generaciones. Sin salud no hay voto real; sin libertad de expresión no se reclama la salud.
La palabra "generaciones" describe el orden en que se reconocieron, no una escalera de importancia. Es el error conceptual que más se cobra.
La institucionalidad que los sostiene en Costa Rica
Un derecho sin institución que lo haga valer es una frase bonita. Por eso hay órganos distintos según lo que se proteja:
- La Sala Constitucional resuelve el amparo y el habeas corpus: la vía rápida cuando el Estado invade una libertad.
- La Defensoría de los Habitantes vigila que la administración pública no lesione derechos.
- La CCSS y la educación pública hacen efectiva la segunda generación.
- El INAMU y el PANI atienden a grupos con protección reforzada.
- La Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (Ley 7600) convierte la igualdad en obligaciones concretas de acceso.
Costa Rica es además sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos se firmó en San José: por eso se le llama Pacto de San José.

Ejemplos resueltos
1. Un vecino reclama que la municipalidad instale una rampa en la acera para su silla de ruedas. ¿De qué generación es ese derecho? Segunda. La pregunta clave: ¿el Estado tiene que abstenerse o tiene que gastar? Tiene que construir. Es una prestación, no un límite al poder. En Costa Rica se apoya en la Ley 7600.
2. Una periodista es detenida por publicar una investigación sobre un ministro. ¿Qué generación se violó? Primera. El Estado hizo algo que tenía prohibido. Cuando el daño es una acción del poder contra una persona, es primera generación.
3. Una comunidad indígena exige decidir sobre un proyecto en su territorio. ¿Generación? Tercera. El titular no es una persona sino un pueblo, y lo que se reclama es autodeterminación.
4. Una empresa vende sin permiso la lista de teléfonos de sus clientes. ¿Dónde ubicás ese derecho? En la cuarta generación según quienes la proponen, y en la primera —como privacidad— según quienes no la aceptan. La respuesta completa nombra las dos lecturas.
Los errores que más se cobran
- Clasificar por tema y no por obligación. Ver "educación" y decir "cultural, tercera generación". El tema engaña; lo que decide es si el Estado debe abstenerse, prestar o cooperar.
- Creer que la primera generación es superior. Nace de leer "generaciones" como ranking. Son indivisibles: sin salud, el voto es un papel.
- Poner el derecho a la vida en segunda generación porque "el Estado tiene que cuidarnos". Nació como límite al poder de matar: es de primera.
- Afirmar que la cuarta generación ya está reconocida. Es una propuesta en discusión; darla por consumada es un error de fondo.
- Confundir ambiente sano con derecho a la salud. El primero tiene titular colectivo (tercera); el segundo es una prestación a una persona (segunda).
- Creer que un derecho se renuncia si uno firma. Son irrenunciables: ningún contrato los borra.
Clave de análisis
Si se te fue la tabla, reconstruila con dos preguntas y un lema. Primera: ¿qué tiene que hacer el Estado? Si tiene que quedarse quieto —no censurar, no detener sin juicio—, es primera. Si tiene que gastar y prestar un servicio —escuela, hospital, pensión—, es segunda. Si el problema no lo resuelve un país solo —paz, ambiente, desarrollo—, es tercera. Segunda pregunta, para los casos dudosos: ¿quién es el titular? Si es una persona, andás entre primera y segunda; si es un pueblo entero, es tercera.
El lema libertad, igualdad, fraternidad te devuelve el orden histórico en ese mismo sentido, porque la clasificación se construyó sobre él. Y encima de todo va la idea que el examen premia: la numeración cuenta cuándo se reconoció cada grupo, no cuál vale más. En Costa Rica eso se ve en la institucionalidad: la Sala Constitucional para las libertades, la CCSS y la educación pública para las prestaciones, y la Ley 7600 para que la igualdad deje de ser una declaración y se vuelva una rampa.











