LecciónEducación Cívica · Bachillerato por Madurez

2. Organización del Estado costarricense

Los Poderes de la República

Al terminar vas a poder decir qué hace cada Poder de la República, reconocer un ejemplo de freno y contrapeso cuando lo veas, y explicar por qué el Tribunal Supremo de Elecciones se considera un cuarto poder.

Ya lo sé: ir al ejercicio ↓
El Edificio Central de la Asamblea Legislativa, en San José, con la bandera de Costa Rica ondeando en el patio. Es la casa de los 57 diputados de los que habla la sección: los que hacen las leyes, aprueban el presupuesto nacional y le piden cuentas al Ejecutivo. Imagen de Wikimedia Commons, Lex.mercurio, CC BY-SA 4.0.
El Edificio Central de la Asamblea Legislativa, en San José, con la bandera de Costa Rica ondeando en el patio. Es la casa de los 57 diputados de los que habla la sección: los que hacen las leyes, aprueban el presupuesto nacional y le piden cuentas al Ejecutivo. Imagen de Wikimedia Commons, Lex.mercurio, CC BY-SA 4.0.

Entender

De dónde sale la división: un problema antes que una lista

La Constitución de 1949 organiza el Estado en tres poderes independientes. Antes de ver cuál es cuál, entendé el problema que resuelven.

Gobernar exige tres cosas distintas: fijar las reglas, aplicarlas y resolver los pleitos que surgen cuando alguien dice que la regla se aplicó mal. Si las tres las hiciera la misma persona, podría dictar una regla a su medida, aplicarla como quisiera y además juzgarse a sí misma. No habría a quién reclamar.

Los tres poderes no son tres oficinas: son las tres cosas que hay que hacer con una regla —crearla, ejecutarla, juzgarla— repartidas en manos distintas a propósito.

A ese reparto con vigilancia mutua se le llama frenos y contrapesos: cada poder puede limitar a los otros dos.

Dibujo de ExamenesCR.
Dibujo de ExamenesCR.

Poder Legislativo: hace las reglas y vigila al que gobierna

Lo ejerce la Asamblea Legislativa, formada por 57 diputados elegidos cada cuatro años.

Tiene tres funciones grandes:

  • Legislar: crear, reformar o derogar leyes.
  • Aprobar el presupuesto nacional: decidir en qué se puede gastar el dinero público.
  • Ejercer control político sobre el Ejecutivo: interpelar ministros, censurarlos, abrir comisiones investigadoras.

Fijate en el presupuesto: ahí está el freno más fuerte. El Presidente ejecuta el gasto, pero el monto y el destino los autoriza la Asamblea. Quien gobierna no decide solo cuánta plata tiene.

Poder Ejecutivo: aplica las reglas y dirige el aparato

Lo encabeza el Presidente de la República, acompañado por dos vicepresidentes y el Consejo de Gobierno, que es el Presidente con sus ministros. También se elige cada cuatro años.

El Presidente es jefe de Estado y de Gobierno a la vez: representa al país hacia afuera y dirige la administración hacia adentro. Ejecuta las leyes, nombra ministros y vela por el orden.

No confundás «ejecutar» con «obedecer sin más». El Ejecutivo tiene su propio freno contra la Asamblea: el veto, con el que devuelve una ley aprobada. La Asamblea puede insistir y resellar la ley, pero necesita una mayoría reforzada de dos tercios. Ninguno de los dos gana solo.

Poder Judicial: resuelve los pleitos y controla que la regla se aplique bien

Lo encabeza la Corte Suprema de Justicia, que trabaja dividida en salas.

La más conocida es la Sala Constitucional, la que resuelve amparos, hábeas corpus y acciones de inconstitucionalidad. Las demás salas resuelven en casación según la materia: la Sala Primera ve sobre todo asuntos civiles y contencioso-administrativos, la Sala Segunda laborales y de familia, y la Sala Tercera penales.

El reparto sigue una lógica sencilla: cada sala se especializa en un tipo de conflicto, y la Constitucional se separa de todas porque no juzga un pleito entre partes, sino si un acto o una norma choca con la Constitución.

Acá aparece otro freno: una ley aprobada por 57 diputados y firmada por el Presidente puede ser anulada por la Sala Constitucional si contradice la Constitución. Y el contrapeso del otro lado: los magistrados de la Corte los elige la Asamblea Legislativa. Ninguno de los dos poderes es dueño del otro.

El TSE: por qué se le llama cuarto poder

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) organiza, dirige y vigila las elecciones, y declara quién resultó electo.

La Constitución no lo enumera junto a los tres poderes, pero le otorga independencia y rango de poder de la República en materia electoral. Por eso se le llama cuarto poder, aunque de hecho y no de título.

La razón es lógica, no protocolaria. Las elecciones definen quién ocupa los otros poderes. Si el conteo de votos dependiera del Ejecutivo, quien gobierna sería juez de su propia reelección. Sacar la materia electoral de las manos de los tres poderes es lo que hace creíble el resultado.

PoderÓrganoQué hace con la reglaDato que se pregunta
LegislativoAsamblea LegislativaLa crea57 diputados, 4 años
EjecutivoPresidente + Consejo de GobiernoLa ejecuta2 vicepresidentes, 4 años
JudicialCorte Suprema de JusticiaLa juzgaDividida en salas
ElectoralTSEDefine quién ocupa los otrosCuarto poder de hecho

Ver

Ejemplos resueltos

1. La Asamblea aprueba una ley y el Presidente la devuelve sin firmarla. ¿Qué hizo y qué puede hacer la Asamblea? El Presidente vetó la ley. La Asamblea puede resellarla, pero necesita una mayoría reforzada de dos tercios. Es un caso puro de frenos y contrapesos: cada uno puede detener al otro, ninguno decide solo.

2. ¿Por qué el TSE se considera un cuarto poder si la Constitución habla de tres? Porque le da independencia y rango de poder en materia electoral. La razón de fondo: las elecciones deciden quién ocupa los otros tres poderes, así que no pueden quedar en manos de ninguno de ellos.

3. Un diputado interpela a un ministro por el manejo de una emergencia. ¿Qué función está ejerciendo y de qué poder? Control político, función del Poder Legislativo sobre el Ejecutivo. No está legislando ni juzgando: está pidiendo cuentas.

4. Se aprueba una ley que limita la libertad de expresión. Un ciudadano la ataca y la ley se anula. ¿Quién la anuló? La Sala Constitucional del Poder Judicial, por medio de una acción de inconstitucionalidad. Es el freno del Judicial sobre el Legislativo.

5. ¿Qué órgano aprueba el presupuesto nacional y qué órgano lo ejecuta? Lo aprueba la Asamblea Legislativa; lo ejecuta el Poder Ejecutivo. Separar quién autoriza el gasto de quién lo hace es uno de los controles más fuertes del sistema.

Probar3 preguntas con respuesta y explicación

Preguntas de práctica del tema

Tres preguntas de Educación Cívica del tema 2. Organización del Estado costarricense, para repasar después de «Los Poderes de la República», con las cuatro opciones, la respuesta correcta y la explicación. Probá contestarlas antes de abrir la respuesta.

PREGUNTA 1

Una institución pública debe motivar sus decisiones: explicar los hechos y las normas en que se fundamenta cada acto. Una decisión sin motivación puede anularse, porque impide a la persona afectada conocer las razones y defenderse ante ellas.

Con base en el texto presentado, ¿qué protege la obligación de motivar?

  • A. Que la persona sepa por qué se resolvió así y pueda pelearlo.
  • B. Que la entidad resuelva sin explicarle nada a quien acude a ella.
  • C. Que el trámite corra más rápido al no tener que fundamentar.
  • D. Que quien resulte afectado acepte sin conocer las razones.
Ver la respuesta y la explicación

Respuesta correcta: la opción A.

Quien responde que el trámite corre más rápido al no fundamentar toma como ventaja lo que el texto señala como causa de nulidad.

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PREGUNTA 2

La cultura política costarricense se asocia con la valoración del diálogo, el rechazo a la violencia como medio para resolver conflictos y la confianza en las instituciones electorales. Los estudios de opinión registran alta valoración de la democracia como sistema junto a niveles bajos de confianza en los partidos.

De acuerdo con lo expuesto, ¿qué caracteriza a la cultura política costarricense?

  • A. Aprecio por la democracia y el diálogo, junto con desconfianza hacia las agrupaciones partidarias.
  • B. Rechazo generalizado tanto del sistema democrático como de las instituciones electorales del país.
  • C. Confianza elevada en los partidos políticos y desinterés por los procesos electorales nacionales.
  • D. Preferencia por la violencia como forma habitual de resolver los conflictos entre distintos sectores.
Ver la respuesta y la explicación

Respuesta correcta: la opción A.

La misma cultura que valora el diálogo y las instituciones electorales guarda distancia frente a los partidos. Hablar de confianza elevada en los partidos políticos deja por fuera esa reserva, que es justamente el rasgo llamativo del caso.

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PREGUNTA 3

Una institución creó una ventanilla única donde la persona presenta sus documentos una sola vez y la institución los distribuye internamente. Antes, el mismo trámite exigía visitar cuatro departamentos en días distintos. El tiempo promedio de resolución bajó de veintidós a seis días.

De acuerdo con lo expuesto, ¿qué cambió con esa reorganización?

  • A. La institución trasladó a la persona usuaria la coordinación entre sus departamentos internos.
  • B. La institución asumió la coordinación interna que antes recaía sobre la persona usuaria.
  • C. El trámite se eliminó, de modo que la persona ya no requiere presentar documentación alguna.
  • D. La cantidad de departamentos que participan en el trámite aumentó de cuatro a seis.
Ver la respuesta y la explicación

Respuesta correcta: la opción B.

Los pasos siguen siendo los mismos; lo que cambió es quién los camina. Que la institución trasladara a la persona usuaria la coordinación entre sus departamentos no es lo que ocurrió aquí: describe el arreglo viejo, el que obligaba a recorrer ventanilla por ventanilla.

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Los errores que más se cobran

  1. Decir que el Presidente «hace las leyes». Las sanciona, veta y ejecuta, pero quien las crea es la Asamblea. El error viene de que el Presidente es la cara visible del Estado y se le atribuye todo.
  2. Confundir el número de diputados con el de vicepresidentes o de años de mandato. El anclaje: 57 diputados, 2 vicepresidentes, 4 años para ambos cargos. Se mezclan porque todos son números del mismo tema.
  3. Meter al TSE dentro del Poder Judicial porque se llama «Tribunal». Es un órgano independiente con rango de poder en materia electoral; no es una sala de la Corte. El nombre confunde, la función aclara.
  4. Creer que «independencia de poderes» significa que no se tocan entre sí. Es lo contrario: son independientes en su función, pero están hechos para vigilarse. Veto, resello, control político, elección de magistrados y anulación de leyes son todos puntos de contacto.
  5. Tratar la Sala Constitucional como una sala más. Las otras resuelven pleitos entre partes según la materia; la Constitucional revisa si un acto o una norma choca con la Constitución. Es un control distinto, no una especialidad más.
  6. Fechar la organización de los poderes en la Constitución equivocada. La vigente es la de 1949; se confunde con 1948, que es el año de la abolición del ejército.

Clave de análisis

Si se te borra la tabla, volvé a la pregunta de origen: ¿qué hay que hacer con una regla? Crearla, ejecutarla y juzgarla. Esas tres tareas te devuelven Legislativo, Ejecutivo y Judicial en ese orden, con su órgano cada uno: Asamblea, Presidente con su Consejo de Gobierno, y Corte Suprema. Y una cuarta tarea aparte —decidir quién ocupa esos puestos— te devuelve el TSE.

La segunda idea sostiene todo lo demás: ningún poder puede completar una decisión importante solo. La Asamblea legisla pero el Presidente veta; el Presidente gasta pero la Asamblea aprueba el presupuesto; los dos juntos hacen una ley pero la Sala Constitucional puede anularla, y a sus magistrados los elige la Asamblea. Si un caso muestra a un poder deteniendo o autorizando a otro, la respuesta es frenos y contrapesos.

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Al terminar vas a poder decir qué hace cada Poder de la República, reconocer un ejemplo de freno y contrapeso cuando lo veas, y explicar por qué el Tribunal Supremo de Elecciones se considera un cuarto poder.

De dónde sale la división: un problema antes que una lista

La Constitución de 1949 organiza el Estado en tres poderes independientes. Antes de ver cuál es cuál, entendé el problema que resuelven.

Gobernar exige tres cosas distintas: fijar las reglas, aplicarlas y resolver los pleitos que surgen cuando alguien dice que la regla se aplicó mal. Si las tres las hiciera la misma persona, podría dictar una regla a su medida, aplicarla como quisiera y además juzgarse a sí misma. No habría a quién reclamar.

Los tres poderes no son tres oficinas: son las tres cosas que hay que hacer con una regla —crearla, ejecutarla, juzgarla— repartidas en manos distintas a propósito.

A ese reparto con vigilancia mutua se le llama frenos y contrapesos: cada poder puede limitar a los otros dos.

Dibujo de ExamenesCR.
Dibujo de ExamenesCR.

Poder Legislativo: hace las reglas y vigila al que gobierna

Lo ejerce la Asamblea Legislativa, formada por 57 diputados elegidos cada cuatro años.

Tiene tres funciones grandes:

  • Legislar: crear, reformar o derogar leyes.
  • Aprobar el presupuesto nacional: decidir en qué se puede gastar el dinero público.
  • Ejercer control político sobre el Ejecutivo: interpelar ministros, censurarlos, abrir comisiones investigadoras.

Fijate en el presupuesto: ahí está el freno más fuerte. El Presidente ejecuta el gasto, pero el monto y el destino los autoriza la Asamblea. Quien gobierna no decide solo cuánta plata tiene.

El Edificio Central de la Asamblea Legislativa, en San José, con la bandera de Costa Rica ondeando en el patio. Es la casa de los 57 diputados de los que habla la sección: los que hacen las leyes, aprueban el presupuesto nacional y le piden cuentas al Ejecutivo. Imagen de Wikimedia Commons, Lex.mercurio, CC BY-SA 4.0.
El Edificio Central de la Asamblea Legislativa, en San José, con la bandera de Costa Rica ondeando en el patio. Es la casa de los 57 diputados de los que habla la sección: los que hacen las leyes, aprueban el presupuesto nacional y le piden cuentas al Ejecutivo. Imagen de Wikimedia Commons, Lex.mercurio, CC BY-SA 4.0.

Poder Ejecutivo: aplica las reglas y dirige el aparato

Lo encabeza el Presidente de la República, acompañado por dos vicepresidentes y el Consejo de Gobierno, que es el Presidente con sus ministros. También se elige cada cuatro años.

El Presidente es jefe de Estado y de Gobierno a la vez: representa al país hacia afuera y dirige la administración hacia adentro. Ejecuta las leyes, nombra ministros y vela por el orden.

No confundás «ejecutar» con «obedecer sin más». El Ejecutivo tiene su propio freno contra la Asamblea: el veto, con el que devuelve una ley aprobada. La Asamblea puede insistir y resellar la ley, pero necesita una mayoría reforzada de dos tercios. Ninguno de los dos gana solo.

Poder Judicial: resuelve los pleitos y controla que la regla se aplique bien

Lo encabeza la Corte Suprema de Justicia, que trabaja dividida en salas.

La más conocida es la Sala Constitucional, la que resuelve amparos, hábeas corpus y acciones de inconstitucionalidad. Las demás salas resuelven en casación según la materia: la Sala Primera ve sobre todo asuntos civiles y contencioso-administrativos, la Sala Segunda laborales y de familia, y la Sala Tercera penales.

El reparto sigue una lógica sencilla: cada sala se especializa en un tipo de conflicto, y la Constitucional se separa de todas porque no juzga un pleito entre partes, sino si un acto o una norma choca con la Constitución.

Acá aparece otro freno: una ley aprobada por 57 diputados y firmada por el Presidente puede ser anulada por la Sala Constitucional si contradice la Constitución. Y el contrapeso del otro lado: los magistrados de la Corte los elige la Asamblea Legislativa. Ninguno de los dos poderes es dueño del otro.

El TSE: por qué se le llama cuarto poder

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) organiza, dirige y vigila las elecciones, y declara quién resultó electo.

La Constitución no lo enumera junto a los tres poderes, pero le otorga independencia y rango de poder de la República en materia electoral. Por eso se le llama cuarto poder, aunque de hecho y no de título.

La razón es lógica, no protocolaria. Las elecciones definen quién ocupa los otros poderes. Si el conteo de votos dependiera del Ejecutivo, quien gobierna sería juez de su propia reelección. Sacar la materia electoral de las manos de los tres poderes es lo que hace creíble el resultado.

PoderÓrganoQué hace con la reglaDato que se pregunta
LegislativoAsamblea LegislativaLa crea57 diputados, 4 años
EjecutivoPresidente + Consejo de GobiernoLa ejecuta2 vicepresidentes, 4 años
JudicialCorte Suprema de JusticiaLa juzgaDividida en salas
ElectoralTSEDefine quién ocupa los otrosCuarto poder de hecho

Ejemplos resueltos

1. La Asamblea aprueba una ley y el Presidente la devuelve sin firmarla. ¿Qué hizo y qué puede hacer la Asamblea? El Presidente vetó la ley. La Asamblea puede resellarla, pero necesita una mayoría reforzada de dos tercios. Es un caso puro de frenos y contrapesos: cada uno puede detener al otro, ninguno decide solo.

2. ¿Por qué el TSE se considera un cuarto poder si la Constitución habla de tres? Porque le da independencia y rango de poder en materia electoral. La razón de fondo: las elecciones deciden quién ocupa los otros tres poderes, así que no pueden quedar en manos de ninguno de ellos.

3. Un diputado interpela a un ministro por el manejo de una emergencia. ¿Qué función está ejerciendo y de qué poder? Control político, función del Poder Legislativo sobre el Ejecutivo. No está legislando ni juzgando: está pidiendo cuentas.

4. Se aprueba una ley que limita la libertad de expresión. Un ciudadano la ataca y la ley se anula. ¿Quién la anuló? La Sala Constitucional del Poder Judicial, por medio de una acción de inconstitucionalidad. Es el freno del Judicial sobre el Legislativo.

5. ¿Qué órgano aprueba el presupuesto nacional y qué órgano lo ejecuta? Lo aprueba la Asamblea Legislativa; lo ejecuta el Poder Ejecutivo. Separar quién autoriza el gasto de quién lo hace es uno de los controles más fuertes del sistema.

Los errores que más se cobran

  1. Decir que el Presidente «hace las leyes». Las sanciona, veta y ejecuta, pero quien las crea es la Asamblea. El error viene de que el Presidente es la cara visible del Estado y se le atribuye todo.
  2. Confundir el número de diputados con el de vicepresidentes o de años de mandato. El anclaje: 57 diputados, 2 vicepresidentes, 4 años para ambos cargos. Se mezclan porque todos son números del mismo tema.
  3. Meter al TSE dentro del Poder Judicial porque se llama «Tribunal». Es un órgano independiente con rango de poder en materia electoral; no es una sala de la Corte. El nombre confunde, la función aclara.
  4. Creer que «independencia de poderes» significa que no se tocan entre sí. Es lo contrario: son independientes en su función, pero están hechos para vigilarse. Veto, resello, control político, elección de magistrados y anulación de leyes son todos puntos de contacto.
  5. Tratar la Sala Constitucional como una sala más. Las otras resuelven pleitos entre partes según la materia; la Constitucional revisa si un acto o una norma choca con la Constitución. Es un control distinto, no una especialidad más.
  6. Fechar la organización de los poderes en la Constitución equivocada. La vigente es la de 1949; se confunde con 1948, que es el año de la abolición del ejército.

Clave de análisis

Si se te borra la tabla, volvé a la pregunta de origen: ¿qué hay que hacer con una regla? Crearla, ejecutarla y juzgarla. Esas tres tareas te devuelven Legislativo, Ejecutivo y Judicial en ese orden, con su órgano cada uno: Asamblea, Presidente con su Consejo de Gobierno, y Corte Suprema. Y una cuarta tarea aparte —decidir quién ocupa esos puestos— te devuelve el TSE.

La segunda idea sostiene todo lo demás: ningún poder puede completar una decisión importante solo. La Asamblea legisla pero el Presidente veta; el Presidente gasta pero la Asamblea aprueba el presupuesto; los dos juntos hacen una ley pero la Sala Constitucional puede anularla, y a sus magistrados los elige la Asamblea. Si un caso muestra a un poder deteniendo o autorizando a otro, la respuesta es frenos y contrapesos.